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AFSCA

13 de enero de 2016

En el día de la fecha la Delegación del Conurbano Norte ha retomado sus funciones habituales

Basándose en los fallos dictaminados el día 11 de enero de 2016, por los Juzgados Federales en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N°2 y el Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Capital Federal, a cargo de la Dra. Martina Isabel Forns y el Dr. Iván Garbarino, respectivamente. Tales fallos dejan sin efecto los Decretos 13/2015, 236/2015 y 267/2015 firmados por el Presidente de la Nación Mauricio Macri, por tratarse de medidas inconstitucionales, que lesionan los principios democráticos y antimonopólicos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.


          En el día de la fecha la Delegación del Conurbano Norte ha retomado sus funciones habituales

 Basándose en los fallos dictaminados el día 11 de enero de 2016, por los Juzgados Federales en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N°2 y el Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Capital Federal, a cargo de la Dra. Martina Isabel Forns y el Dr. Iván Garbarino, respectivamente. Tales fallos dejan sin efecto los Decretos 13/2015, 236/2015 y 267/2015 firmados por el Presidente de la Nación Mauricio Macri, por tratarse de medidas inconstitucionales, que lesionan los principios democráticos y antimonopólicos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Estos fallos han sabido tener en cuenta la importancia que la Ley 26522 tiene para el conjunto de la sociedad argentina, el hecho de que dicha Ley, sancionada en el Congreso por amplia mayoría y reconocida constitucionalmente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación siga vigente, respeta el espíritu por el cual fue creada, en términos de participación, pluralidad y diversidad de voces y que a medida avance su desarrollo podrá incorporar más y más actores de la comunicación invisibilizados en otros momentos tristes de nuestra historia.

En manos del Presidente actual se han avasallado todos los principios por los cuales vela esta Ley, no sólo por los inexplicables DNU, sino también por la absoluta falta de respeto a las instituciones republicanas, principal objeto de su campaña.

El no llamar a sesiones extraordinarias para modificar dicha Ley o cualquier otra, único mecanismo por el cual se crean, modifican o derogan las Leyes, viola sistemáticamente el artículo 99 inciso 3ro de la Constitución Nacional y demuestra el autoritarismo reinante.

Es inédito que tras 32 años de democracia y con sólo un mes de gobierno lo único que haya podido hacer el Presidente de la República es tomar medidas, sólo a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia, sin poder demostrar en ninguno de los casos la verdadera necesidad y urgencia. Prueba de ello fue la composición del nuevo Directorio nombrado por decreto en el que sólo estaban presentes personas ligadas al partido gobernante en contraposición al Directorio creado por la LSCA el cual tenía entre sus miembros representaciones de todas las fuerzas políticas, de las provincias, profesionales y académicas.

Por todo lo antes expuesto, es que esta Delegación retoma sus funciones, en pos de la democracia, la pluralidad y la inclusión permanente de todos los sectores de nuestra sociedad, ya que esa es la misión y el espíritu de la Ley 26522.

Nicolás Cherei

Coordinador de la Delegación

Conurbano Norte de la AFSCA

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