12 de septiembre de 2019
Las atribuciones que le otorga al Concejo Deliberante la Ley Orgánica de las Municipalidades. - La necesidad de reafirmar la política de verdad, memoria y justicia.

Que el Municipio, a través de la Dirección de Derechos Humanos es un firme defensor de la política de verdad, memoria y justicia; Que resulta una reafirmación de ello la creación del programa Esquinas de la Memoria, para homenajear a las y los tigrenses víctimas de la última dictadura militar, mediante carteles para señalizar las esquinas de sus domicilios, los sitios donde fueron secuestrados o esquinas significativas con sus datos biográficos y la fecha en que fueron desaparecidos.
VISTO:
Las atribuciones que le otorga al Concejo Deliberante la Ley Orgánica de las Municipalidades. - La necesidad de reafirmar la política de verdad, memoria y justicia.
CONSIDERANDO:
Que el Municipio, a través de la Dirección de Derechos Humanos es un firme defensor de la política de verdad, memoria y justicia;
Que resulta una reafirmación de ello la creación del programa Esquinas de la Memoria, para homenajear a las y los tigrenses víctimas de la última dictadura militar, mediante carteles para señalizar las esquinas de sus domicilios, los sitios donde fueron secuestrados o esquinas significativas con sus datos biográficos y la fecha en que fueron desaparecidos. Que la creación del programa Esquinas de la Memoria reivindica la lucha por los derechos humanos y también es una forma de recordar a los compañeros que lucharon por un país mejor.
Que esta iniciativa ya funciona en otros municipios como Merlo, Ensenada, Resistencia, Chaco, Lomas de Zamora, donde hay esquinas señalizadas de las casas en las que vivieron o fueron secuestradas las víctimas del terrorismo de Estado.
Que consideramos de suma importancia la iniciativa y la creación del programa “Esquinas de la Memoria” ya que tiene que ver con que el vecino y los visitantes de Tigre puedan saber lo que ocurrió en otros tiempos en Argentina. Fueron tiempos de mucha violencia que no debemos olvidar para aprender de lo que pasó y que no vuelva a suceder.
Que el espacio “Esquinas de la Memoria” consistirá en designar a un cruce de calles de la ciudad en cuyo barrio haya vivido la persona homenajeada, y se deberá colocar un cartel con la referencia de la persona desaparecida: su nombre, apellido y mención a su muerte/desaparición/detención.
Que esta ordenanza busca visibilizar el terrorismo de Estado en nuestro Municipio de Tigre, materializado en la figura del detenido desaparecido y su identidad singular. Cada barrio de nuestro partido posee víctimas de las distintas dictaduras militares de nuestra historia, por ello la señalética pública de las calles se intervendrá con un cartel superior donde se indique la presencia en ese barrio de un ciudadano detenido desaparecido.
Que Tigre registra al día de hoy 132 detenidos desaparecidos.
Que con esta ordenanza buscamos que cada esquina donde sea recordado un desaparecido signifique el recuerdo de sus vidas, en representación de los más de 30.000 desaparecidos, con el objetivo fundamental de no olvidar y tener siempre presente aquella histórica frase que pertenece al pueblo argentino en su conjunto: ‘NUNCA MAS’.-
Que por todo ello el Bloque de concejales de Unidad Ciudadana somete a la consideración de este Honorable Cuerpo Deliberante el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1°: Créase en el ámbito del Municipio de Tigre el programa “Esquinas de la Memoria”.-
Artículo 2°: El programa establecido por la presente ordenanza tendrá por objeto rendir homenaje y visibilizar mediante la colocación de carteles de señalización en las diversas esquinas del municipio donde hayan vivido o hayan sido secuestrados las víctimas del terrorismo de Estado.-
Artículo 3° La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Dirección de Derechos Humanos.-
Artículo 4°: La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza tendrá las siguientes funciones: a) determinar las esquinas que formarán parte del programa “Esquinas de la Memoria”; b) recibir, evaluar y dar curso a las propuestas y solicitudes de señalización de esquinas que les sean acercadas por Entidades de defensa de Derechos Humanos del distrito, instituciones educativas, sobrevivientes y familiares de detenidos desaparecidos, y organizaciones sociales.
Artículo 5°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer por las áreas que estime corresponder las medidas necesarias a los efectos de diseñar, confeccionar y colocar los carteles de señalización en el marco del programa “Esquinas de la Memoria”.-
Artículo 6° De forma. -
BLOQUE DE CONCEJALES DE UNIDAD CIUDADANA, TIGRE, DE SETIEMBRE DE 2019.-